29 MAR 2024 Temas del día: Resultados A&F Cierre Scoop RegioGreenTex IHKIB Turquía Tokyo Fashion Week
×
ICE

PUBLICIDAD

Guía de Formación

Claves para minimizar el impacto del coronavirus en el sector textil


16/03/2020

“La gran dependencia de China por parte de grandes empresas del sector textil ha creado un panorama incierto en el sector”. Habla de ello Carlos Pavón Neira, socio director de Gaula Abogados.

|16.03.2020| El freno en la producción de las fábricas chinas pone en riesgo las próximas campañas, especialmente la de otoño-invierno 2020/21, que puede sufrir incrementos en los precios. Además, aunque primavera-verano 2020 se produjo de forma anticipada debido al Año Nuevo Chino, puede vivir retrasos en los pedidos.

Diversificar el aprovisionamiento

Las consecuencias económicas del coronavirus están poniendo de manifiesto un riesgo que hay que tener en cuenta para prevenir escenarios de crisis en el sector textil. Se trata de la sobreexposición a un proveedor por parte de las empresas del textil. Así lo explica Carlos Pavón Neira, socio director de Gaula Abogados y experto en derecho concursal y societario.

Este virus ha puesto de manifiesto que las empresas que confían mayor porcentaje de producción y distribución al país asiático se ven más afectadas. Contrariamente, aquellas que cuentan con una cadena de suministro diversa pueden sortear mejor el temporal”, explica Carlos.

Es habitual que las pymes sean quienes más suelen sufrir esta dependencia, pues presentan en mayor medida un elevado porcentaje de su facturación concentrado en un único cliente. Sin embargo, las grandes compañías no son ajenas a esta situación.

Medidas preventivas

El director de Gaula Abogados recomienda que las empresas del textil que se identifiquen con esta situación adopten mecanismos preventivos. Entre estos: “para superar la tradicional constitución de una única sociedad de capital (S.L./S.A.), la mejor opción es optar por la creación de una o varias sociedades dependientes de una sociedad matriz (holding)”.

Sociedades filiales

Con ello se logra poner a salvo los principales activos de la empresa (inmuebles, maquinaria, equipos, etc.), que pasan a ser de la sociedad matriz. Además, ésta se configura a su vez como titular de las sociedades filiales que existan o se creen para la prestación de las diferentes líneas de servicio al cliente final.

Proteger a los clientes sobreexpuestos

En caso de que entre un conjunto de clientes uno destaque significativamente y suponga un gran porcentaje de la facturación, lo recomendable es constituir una filial encargada de prestar servicio a ese cliente para canalizar así el riesgo de sobreexposición. Mientras, el servicio al resto de la clientela se prestaría desde una segunda filial.

Facturación intragrupo

Al establecer esta configuración, es necesario cumplir con el régimen de operaciones vinculadas. Es decir, una facturación intragrupo de todas las actividades que se hagan dentro del mismo. El objetivo es delimitar los riesgos entre las diferentes sociedades para que, en caso de contingencias, se evite que se contagien a otras.

De esta manera, la empresa podrá conservar el control del riesgo de sus principales activos, así como continuar su actividad con el resto de clientes. Y es que cualquier perjurio ocasionado por el cliente principal recaería sobre la filial asignada.

Sociedad única

En estos casos, en los que concurre en una única sociedad toda la facturación, la titularidad de los activos y el endeudamiento, existen dos cauces legales principales de actuación: la escisión o la venta de la unidad productiva.

Escisión

Se trata de una modificación estructural que permite desvincular de una sociedad aquella rama de actividad que no haya incurrido en la generación del endeudamiento. Esta escisión se aportaría a una sociedad de nueva creación que puede proseguir su actividad empresarial al estar liberada del endeudamiento de la primera.

La dificultad de esta operación se encuentra en que, en la práctica, los activos habrán sido utilizados por la empresa para la prestación de sus servicios indistintamente tanto al cliente fundamental como al resto de clientes. Esto no permitiría la transmisión de dichos activos liberándose de la deuda anterior. Sólo en el caso de poder identificar activos diferenciados cabría escindir la rama de actividad no expuesta al cliente fundamental.

Venta de la unidad productiva

Se plantea cuando no puede llevarse a cabo una escisión. Esta es la vía idónea en el marco de un proceso concursal para transmitir los activos y la actividad empresarial que sea viable a una tercera sociedad, que se vería liberada de las deudas de la anterior. La principal limitación de esta operación consiste en la previsión legal de no permitir a los socios ni administradores de la sociedad deudora ostentar dicha condición en la nueva sociedad que la unidad productiva.

Por todo ello, el riesgo de sobreexposición a la clientela o a un proveedor debe ser considerado como una contingencia en las empresas del textil cuya actividad se torna en dependiente de un cliente fundamental, dado lo cual la utilización de los mecanismos preventivos señalados, así como el conocimiento de las medidas de actuación disponibles, permitirán salvaguardar la actividad empresarial en caso de concretarse el daño por parte del cliente final.

Para más información: https://gaula-abogados.es/

Pinker Moda