La UE prohibirá a partir de julio la destrucción de stocks: ¿Cómo reaccionarán las marcas?
Con la entrada en vigor del Reglamento de Ecodiseño para Productos Sostenibles (ESPR) en la UE, las marcas de moda ya no podrán deshacerse tan fácilmente de sus sobrantes de stock y ropa no vendida. A partir de ahora, las empresas se enfrentan al reto de transformar su gestión de excedentes en modelos de economía circular reales.
A partir del 19 de julio de 2026, las grandes marcas de moda de la UE deberán encontrar una nueva manera de gestionar sus stocks, frente a la prohibición de destruir ropa no vendida, con la entrada en vigor del Reglamento de Ecodiseño (ESPR).

El ESPR, oficialmente Reglamento 2024/1781, es la normativa europea que establece requisitos de sostenibilidad para casi todos los productos comercializados dentro de la Unión Europea. Sus primeros aspectos entraron en vigor en 2024, aunque han sido muy discutidos y, en ocasiones, suavizados en su aplicación. El principal objetivo del ESPR es mejorar la durabilidad, reutilización, reparabilidad y reciclabilidad de los productos. El objetivo final es reducir su impacto ambiental y fomentar una economía circular más eficiente.
Entre los puntos clave de esta normativa destaca su ambicioso propósito de convertir los productos sostenibles en la norma general, superando así la antigua directiva de ecodiseño que se centraba principalmente en el consumo energético. En particular, el reglamento busca alargar la vida útil de los artículos y reducir el impacto ambiental del sector de la moda, uno de los más contaminantes.
Una de las innovaciones más relevantes del ESPR es la introducción del Pasaporte Digital de Producto, un registro digital que aumentará la transparencia sobre los materiales utilizados y la trazabilidad. Este sistema comenzará a implantarse en 2027 para sectores como el textil y el calzado, será obligatorio para todos los sectores en 2030 y se espera que su implementación esté completa para 2033.
El alcance del reglamento es amplio, abarcando productos tan diversos como textiles, calzado, muebles, acero, entre otros, y considerando todo su ciclo de vida, desde la producción hasta la disposición final.
Además, el ESPR incluye una prohibición específica para evitar la destrucción de productos no vendidos, como ropa y calzado, aunque inicialmente excluye a los textiles para el hogar. Las empresas estarán obligadas a informar sobre el volumen de estos invendidos y el destino que les asignen, promoviendo así una gestión más responsable y sostenible de los excedentes.
Prohibición de destruir ropa no vendida
Esta normativa debe entrar en vigor el 19 de julio de 2026 para grandes empresas. Para compañías medianas, le fecha está fijada inicialmente para 2030. Las pequeñas están exentas de su cumplimiento. A estos efectos, la UE considera que son grandes empresas las que tienen más de 250 empleados y facturan un mínimo de 50 millones de euros. Algunas interpretaciones de la norma, sin embargo, consideran que debe tratarse más bien de un mínimo de 500 trabajadores y de una facturación mínima de 400 millones. En todo caso, esta es una cifra que alcanzan unas cuantas marcas españolas de moda.
En España, algunas de las marcas que superan la barrera de los 400 millones de facturación son Inditex, Puig, Mango, Tendam, AWWG, Desigual y Tous. Aunque también hay problemas de interpretación: ¿cómo se define el perímetro de cada marca? Inditex, por ejemplo, no es una marca sino un grupo de marcas, aunque varias de ellas superan ampliamente los 400 millones. ¿Qué ocurre con las marcas no europeas pero activas en el mercado europeo? ¿Hasta qué punto las autoridades comunitarias podrán controlar su actividad? Desde luego, no disponen de medios suficientes para dar una solución al problema.
Si pensamos en las marcas que superan los 50 millones de facturación, tenemos probablemente a bastantes más: Silbon, Bimba y Lola, Ecoalf, Adolfo Dominguez, Scalpers, etc.

Retos y oportunidades para las marcas de moda en la gestión de stocks
Los profesionales del textil-moda se preguntan: ¿qué ocurrirá ahora con los productos invendidos o descartados? La cadena de reciclaje no está todavía preparada para darles una solución. ¿Recurrirán las grandes marcas a subterfugios para no verse afectadas por esta obligación? ¿Se verán obligadas a enviar esos artículos a países emergentes, que a menudo no los quieren y que, además, suponen un desprestigio para ellas?
Es cierto que la nueva norma afecta solo a las grandes marcas, pero estas son las que tienen mayor cantidad de producción y, en consecuencia, de invendidos. ¿Los venderán a precio de derribo a marcas más pequeñas no sometidas a esta norma?
En todo caso, varias formas de deshacerse de los invendidos podrían ser las siguientes:
- Ventas en liquidaciones, canales de segunda mano o outlets. Esto supondría fomentar los canales de descuento agresivo. A casi ninguna marca le apetece porque supone inevitablemente desprestigiar sus productos. También pueden recurrir a los canales de reventa de las propias marcas, conocidos a menudo como Preloved.
- Donaciones. La normativa facilita la donación a ONGs, eliminando trabas fiscales que antes hacían que destruir fuera más barato que donar. Obviamente, tampoco gusta a las marcas, aunque eliminen las etiquetas de los artículos, porque casi siempre son reconocibles y puede originar un mercado gris de segunda mano.
- Remanufactura/reciclaje. Se pueden desmontar prendas no vendidas para crear colecciones nuevas o usarlas como forros y detalles en otros productos. Lamentablemente, esto tampoco gusta a las marcas, ya que suele ser muy caro.
- Reciclaje de fibra a fibra. Si el producto no es apto para seguir en uso, se puede triturar (mecánica o químicamente) para crear hilos nuevos, que a su vez pueden usarse para crear artículos nuevos. Ahí, de nuevo, el problema reside en que esos métodos son caros y no aptos para todo tipo de prendas. Por ejemplo, las que contienen diferentes materiales, como elastano.
- Sistemas de alquiler. Permitirían probar modelos de negocio, donde el inventario rota entre usuarios en lugar de venderse permanentemente.
- Obviamente, también les cabe planificar mejor la demanda de cada modelo para evitar o reducir los invendidos, pero esto no es realista. Hace años que existen soluciones para ayudarles en esa tarea, pero sus resultados son dudosos. El mercado y los consumidores son reyes infieles y cambiantes a las marcas y a las tendencias.

¿Qué papel juegan los consumidores?
Este es el gran elefante en la habitación. Mientras los consumidores estén dispuestos a comprar cada año, cada temporada, más y más artículos nuevos de moda, las marcas seguirán tentadas a abastecerlos, produciendo y vendiendo más. No solo eso, sino que les provocarán con nuevas colecciones apetecibles.
Todos los expertos coinciden en que un proyecto como el ESPR debe ir acompañado de campaña de concienciación a los consumidores. Todas las encuestas aseguran que su conciencia ecológica crece año tras año. Pero también todas coinciden que esa conciencia se inactiva cuando el consumidor se enfrenta a precios elevados. ¿Y qué decir del aumento de costes y de precios que implica la puesta en marcha de la norma ESPR?
Solo hay que pensar en el éxito creciente de los modelos de fast fashion, incluidas marcas como Temu y Shein. ¿Estarán los consumidores dispuestos a aceptar un cambio de modelo que imponga la marginalización de ese modelo? Probablemente no, porque hoy en día son capaces de ofrecer una calidad razonable a precios bajísimos.
Para más información: https://environment.ec.europa.eu
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