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Guía de Formación

Conozca la ley francesa AGEC, para una economía circular


02/02/2023

AGEC –que ha entrado en vigor el 1 de enero- obliga a las empresas a informar a los consumidores sobre sus características ambientales

En abril de 2022, el gobierno francés publicó el decreto n° 2022-748, antes conocido como Loi AGEC (ley antirresiduos para una economía circular). Este Decreto –que ha entrado en vigor el 1 de este mes de enero- regula y obliga a facilitar determinada información a los consumidores. Su objetivo que los consumidores dispongan de información sobre las cualidades y características medioambientales de los productos generadores de residuos, incluidos los textiles.

Es cierto que esta norma afecta solo al mercado francés. Nos parece que es muy necesario conocerla porque indica por dónde irán los tiros de la normativa europea y de las normas que aprueben los diferentes países, tanto dentro como fuera de la UE.

Loi AGEC, sostenibilidad textil, reciclaje

La Loi AGEC se aplicará a todos los productores, importadores, distribuidores, etc. con un volumen de negocios anual superior a 50 millones de euros que sean responsables de la comercialización en el mercado francés de al menos 25.000 unidades de productos de consumo generadores de residuos. En 2024, se ampliará a empresas con una facturación anual superior a 20 millones de euros y al menos 10.000 unidades. Y en 2025, el decreto se extenderá a empresas con un volumen de negocios anual de más de 10 millones de euros y 10.000 unidades.

La información sobre las características medioambientales de un producto debe facilitarse al consumidor en un formato digital de fácil acceso en el momento de la compra.

¿Qué información exige dar la Ley AGEC?

Contenido reciclado. El producto debe mencionar el porcentaje de materiales reciclados que contenga.

Trazabilidad. Las empresas deberán facilitar información sobre la historia de un producto, especialmente dónde ha tenido lugar cada etapa de la producción. Así, en el caso de los textiles: corte y costura, punto y tejido, teñido y estampado.

Microplásticos. Las empresas deben informar sobre la presencia de microfibras de plástico si un producto textil contiene más de un 50% de fibras sintéticas.

Sustancias peligrosas. La presencia de sustancias químicas peligrosas debe comunicarse si la concentración es superior al 0,1% de la masa en una sustancia, mezcla o artículo.

Reutilización. En los envases deben figurar indicaciones como envases reutilizables o rellenables.

Reciclabilidad. El fabricante debe informar si un producto o envase es reciclable en su mayor parte. Para que un producto sea reciclable, debe cumplir cinco condiciones:

  • Puede recogerse gracias al acceso de la población a puntos de recogida locales.
  • Puede clasificarse y dirigirse a los canales adecuados de reciclado.
  • No contiene sustancias que dificulten la clasificación y el reciclado o limiten el uso del material reciclado.
  • El material reciclado debe representar más del 50% de los residuos a granel recogidos.
  • Puede reciclarse a escala industrial, con la garantía de que la calidad del material reciclado es suficiente para garantizar la sostenibilidad de los productos.

La ley AGEC, por último, prohibe el uso de términos genéricos como biodegradable, sostenible, respetuoso con el medio ambiente o cualquier otra afirmación equivalente.

+ Info: https://www.lachambre.es/actualidad/n/news/ley-francesa-agec-implicaciones-para-las-empresas.html#:~:text=La%20ley%20fue%20publicada%20en,uso%20en%202040%20en%20Francia.

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02.02.2023