ADICAL, que preside Pedro Rubio, apoya la creación de un grupo especial en la Organización Mundial de Comercio (OMC) para que examine las medidas antidumping impuestas por la UE al calzado de piel procedente de China y que afectan a este sector en España. Se alinea así a las reclamaciones del Ministerio de Comercio Chino que ha pedido una solución “pronta y adecuada” al conflicto comercial que mantiene con la Unión Europea en el sector del calzado.Según el gerente de ADICAL, Pompeyo Fábregas-Eceiza, “la extensión limitada de estas medidas antidumping por 15 meses son una solución de compromiso para intentar contentar los intereses de los importadores y la de los fabricantes a quienes la Comisión de la Unión Europea ya ha manifestado que el perjuicio que alegan es más que dudoso”.Para Fábregas-Eceiza, “la eliminación de los derechos antidumping permitirían la reducción del impacto de la subida del dólar respecto al euro así como el incremento de los transportes internacionales”. Y añade: “además, beneficiarían al consumidor final ya que los costes, igual que sucede con los derechos de importación, se repercuten al usuario final”.Fábregas-Eceiza prevé que “ésta va a ser la última prórroga de las medidas antidumping sobre el calzado chino”. El gerente de ADICAL y experto en derecho aduanero vaticina como “poco significativo en términos generales” el repunte de las importaciones una vez finalice este periodo, en mayo de 2011, “ya que las medidas antidumping sólo afectan al calzado de piel y el impacto de la subida del dólar respecto al euro es todavía incierto”.El gerente de ADICAL ha realizado estas declaraciones después de que el Ministerio de Comercio de China haya pedido una solución “pronta y adecuada” al conflicto comercial que mantiene con la Unión Europea en el sector del calzado. Para China, las medidas antidumping son incompatibles con las normas internacionales de la OMC y con el Protocolo de Adhesión de China.Para la UE, el objetivo de las medidas no son el proteccionismo sino la lucha contra el comercio desleal y consideró “prematura” la constitución del panel de expertos. La UE comenzó a imponer como sanción a lo que consideraba dumping de China (venta por debajo del nivel de coste) un arancel adicional del 16,5 por ciento en concepto de derecho antidumping a los zapatos de piel chinos en octubre de 2006, y, en diciembre de 2009, acordó extender esta sanción otros 15 meses.