Según el Juzgado de Marca Comunitaria Número Uno de Alicante, la multinacional de origen británico Umbro, incurrió en “actos de violación, interferencia y lesión de los derechos de exclusiva que derivan de la inscripción de Marcas Nacional y Comunitaria” al utilizar con carácter distintivo un logotipo que Munich SL. tiene legitimado, lo que constituye un riesgo de confusión al consumidor que puede perjudicar a la marca registrada y por ende a la empresa fabricante.   En la sentencia se expone que “es habitual que los fabricantes de calzado de deporte y ocio doten a sus productos siempre del mismo dibujo, sea un dibujo compuesto de líneas, de franjas, figuras geométricas o una combinación de todas ellas situado siempre en la misma posición en la parte exterior del producto, lo que permite su visibilidad desde lejos. El consumidor está acostumbrado a ese tipo de signos y puede por lo general orientarse por los mismos en sus compras de calzado de deporte y ocio”.  Por eso el signo distintivo (logotipo) cuya protección solicita Munich consiste en dos bandas que se cortan, sin color determinado, si bien contrastan en color con el fondo, de igual tamaño cada una de ellas, con una inclinación determinada y que al cruzarse forman una aspa o letra “X”.  El fallo del juez condena finalmente a que Umbro, la parte demandada, deberá cesar en el tráfico económico de aquellos productos que porten el distintivo en cuestión, así como destruir el producto que pudiera existir y hacer pública la sentencia ante los medios de comunicación, si bien, se le impone una multa de más de 16.000 euros en concepto de daños y el 1% de la cifra de negocios en concepto de perjuicios.